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Desde el 1 de enero de 2018 los californianos han tenido que obedecer nuevas leyes de tránsito.
Nueve leyes de tránsito o cambios a otras existentes entraron en vigencia a partir del año nuevo de 2018 pero tres más comenzarán a regir a partir del 1 de julio.
SB 19: Transportistas privados de pasajeros
Esta ley transferirá, a partir del 1 de julio, la autoridad regulatoria de transportistas privados de pasajeros (tales como los autobuses de iglesias y autobuses para transportar jóvenes) de la Comisión de Servicios Públicos al DMV.
SB 20: Autobuses y cinturones de seguridad
A partir del 1º de julio de 2018, esta ley exige que un pasajero en un autobús equipado con cinturones de seguridad esté debidamente sujetado por el mismo.
Esta ley también prohíbe a los padres, tutor legal, o a un transportista de autobuses llevar en un autobús a un niño de por lo menos 8 años de edad pero menor de 16 años de edad, a menos que esté sujetado correctamente por un cinturón de seguridad o por un sistema de sujeción que cumpla con las normas federales de seguridad.
Una violación de dicha ley puede resultar en una infracción.
AB 2687: Transporte de pasajeros bajo influencia alcohólica
A partir del 1º de julio de 2018, esta ley prohíbe que un chofer o alguien que maneja por sueldo tengan una concentración de alcohol en la sangre de 0.04 por ciento o más cuando un pasajero se encuentre en el vehículo.
Esto significa que los conductores que manejan por sueldo, en sus vehículos personales, deberán mantener un mayor nivel de seguridad al transportar personas.
El DMV suspenderá la licencia de manejar de una persona si se le añade una violación de esta ley a su expediente. Los conductores con licencias comerciales serán descalificados si son encontrados culpables.